Foto: Baldo
Salud laboral es el estado de normalidad en el ejercicio de las funciones laborales. El concepto de salud laboral desde el punto de vista legal se refiere a la integridad de la trabajadora o del trabajador en su aspecto físico y mental y, para el mantenimiento de su estabilidad abarca un amplio ámbito de control dentro de la prestación de trabajo con motivo y con ocasión de tal prestación, protegiendo a los individuos de todas las enfermedades, patologías o lesiones sufridas en su relación laboral y como consecuencia de la misma.
Hablamos por tanto de la integridad del trabajador o de la trabajadora en el puesto de trabajo, respecto de las tareas a desempeñar y en un adecuado ambiente psicosocial.
El primer paso conducente al estado normal y estable de salud en el trabajo es, la prevención de los riesgos entendidos como, la posibilidad de un peligro que puede traer un daño, un accidente o una enfermedad y, que deben evitarse mediante su control previo al inicio de cualquier actividad, durante la realización de la misma y siempre que se modifiquen las circunstancias de prestación de las tareas o se produzca un cambio de puesto de trabajo.
Son factores elementales a tener en cuenta para una adecuada estabilidad en el ejercicio de las funciones laborales; las personas vistas colectiva e individualmente; el puesto y las tareas; las condiciones ambientales; los riesgos y su adecuada protección.
La salud es un derecho consagrado por la Constitución y en el trabajo la salud ha de ser protegida por el empresario quien como parte del contrato viene obligado a garantizarla y sobre quien recae la responsabilidad administrativa, penal, civil, laboral y de Seguridad Social.
Salvo mejor parecer
Baldomero Gómez
1 comentario:
Lo que tiene que hacer el gobierno es multar con recargos en las cuotas de seguridad social a las empresas incumplidoras en este paía, que ya está bien de tanta sinvergüencería.
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